“La pornovenganza se aprovecha de las grietas de nuestras leyes”
September 4, 2019 Bienestar , NoticiasLa abogada Carrie Goldberg trabaja para erradicar la ley que hizo que internet sea como lo conocemos y que exonera a las plataformas por los contenidos subidos por terceros. En su opinión, su lucha no trata de restar libertad de expresión sino de aumentar la seguridad y privacidad de todos los usuarios.
La abogada Carrie Goldberg está preparando una demanda que podría cambiar internet para siempre. Goldberg se ha ganado su reputación por su trabajo ayudando a víctimas de ciberacoso, y por su contribución para lograr que la pornovenganza sea considerada delito en el estado de Nueva York (EE. UU.). Opina que el derecho a la privacidad sexual no se toma lo suficientemente en serio y que, “si alguien resulta herido, la persona o entidad responsable debe pagar”.
Hablé con ella sobre su nuevo libro, Nobody’s Victim: Fighting Psychos, Stalkers, Pervs, and Trolls. Me explicó por qué se necesitó tanto tiempo a que las pornovenganzas se conviertan en delito, qué otros ciberdelitos podrían traspasar las grietas de nuestro sistema legal, y por qué quiere erradicar una ley que dio lugar a internet tal y como lo conocemos.
Usted ha trabajado en el proyecto de ley de Nueva York para convertir en delito el porno por venganza, que se aprobó en febrero. ¿Por qué hizo falta tanto tiempo para sacarla adelante y por qué no existe una ley federal como esta? ¿Quiénes presionan contra estas leyes?
Durante mucho tiempo, fueron las organizaciones libertarias civiles y los llamados luchadores por la libertad de internet. Creían que vender las imágenes de alguien desnudo era una parte vital de la libertad de expresión. Difundieron mucha propaganda que hizo mucho daño, y que básicamente decía que las leyes contra las pornovenganzas bloquearían la libertad de expresión en internet. Así que crearon cierta reticencia porque para algunas personas se trata de organizaciones de confianza.
O tal vez solo sea por falta de interés. La mayoría víctimas de estos crímenes son mujeres, y todavía existen muchos estados donde la mayoría de los legisladores son hombres, y no quieren usar su poder político para luchar por la privacidad sexual. A nivel federal de EE. UU., existe la Ley SHIELD que se introdujo a principios de esta primavera. En general, se trata de un tema bipartidista, pero es muy difícil conseguir la aprobación de leyes en este momento. Hay muchos problemas urgentes y diferentes preocupaciones políticas, como el cambio climático y el control de armas, que no están relacionadas con la privacidad sexual.
La pornovenganza parece algo nuevo y nuestras leyes actuales podrían no contemplarlo. ¿Hay otros ejemplos como este?
La pornovenganza definitivamente aprovecha las grietas de nuestras leyes. Lo estamos viendo de nuevo con los deepfakes. A medida que estos casos evolucionen, será cada vez más difícil demostrar dónde se encuentran en el sistema legal. Creo que los deepfakes ya han creado algo que está fuera de la mayoría de las leyes contra el porno vengativo. Aunque podría considerarse difamación porque es una manipulación de la verdad para que parezca que alguien hizo pornografía cuando no la hizo.
En otros casos, es importante centrarse en la conducta en lugar de en la tecnología. Cuando una víctima denuncia un crimen, dirá: “He sido víctima de ciberacoso”, pero un policía podría pensar: “La habrán insultado en Twitter, no hay nada que podamos hacer al respecto”. Pero en lugar de eso, la víctima podría estar recibiendo amenazas específicas de violación mediante mensajes de texto y vía Facebook. Eso no es “ciberacoso”, eso es acecho. Es un comportamiento para el cual ya existen códigos penales.
Usted ha manifestado su crítica sobre el Artículo 230, la disposición de una ley que protege las páginas web de responsabilidades. ¿Por qué?
La mayor barrera en la ley con la que trabajo es el Artículo 230 de la Ley de Decencia en las Comunicaciones, que inmuniza a las empresas de los contenidos proporcionados por un tercero. Inmuniza a toda la industria, y no sólo eso, sino a la industria más omnipotente, omnisciente y rica en datos de la historia del universo. Si uno nunca puede ser demandado por algo malo o negligente, no existe ningún incentivo para crear características básicas de seguridad en los productos para evitar que las personas se vean perjudicadas por ellos.
Está trabajando en un caso importante en relación con el Artículo 230, Herrick contra Grindr. ¿En qué falla la Ley en ese caso?
Nuestro cliente, Matthew Herrick, estaba siendo suplantado por su exnovio en la aplicación de citas gay Grindr. Su ex publicó fotos de Matthew en el perfil y luego se comunicaba por mensajes directos con extraños fingiendo ser Matthew. Acordaba citas para encuentros sexuales y mediante la tecnología de geolocalización de Grinder les daba las ubicaciones para enviar a los hombres a la casa de Matthew y a su trabajo. En el transcurso de varios meses, más de 1.200 extraños llegaron a buscar a Matthew creyendo que tenían una cita sexual. Iban en persona.
En eso consistía el mal uso de un producto y Matthew lo denunció a la policía 14 veces. Tenía una orden de restricción contra su ex novio, pero nada de eso impediría que se hiciera pasar por él. Grindr podía solucionarlo. Grindr lo sabía, pero sus abogados nos dijeron que no tenían la capacidad de “excluir e identificar” a un usuario, algo que nos parecía tremendo. Entonces se nos ocurrió una teoría jurídica bastante novedosa para demandarlos ser responsables de su producto. Los tribunales sostenían que Grindr estaba protegido por el Artículo 230 y que todo podía ser achacado al contenido creado por su ex. Hace un par de semanas, solicitamos presentar el caso ante la Corte Suprema.
¿Cómo modificaría usted el Artículo 230 para prevenir este tipo de situaciones?
No creo que deba ser modificado. Creo que debe ser erradicado. Todo el mundo opina que “esto debilitaría por completo la libertad de expresión”. ¿Cómo? Cualquiera que demande seguirá diciendo que el problema fue causado por la compañía tecnológica y se tendría que comprobar el daño. Es una carga extraordinaria.