Día Mundial contra el Trabajo Infantil

En los conflictos y las catástrofes, protejamos a los niños del trabajo infantil

Unos 168 millones de niños y niñas son víctimas del trabajo infantil. La Organización Internacional del Trabajo (OIT) lanzó el «Día mundial contra el trabajo infantil» en 2002 para concienciar acerca de la magnitud de este problema y aunar esfuerzos para erradicar esta realidad.

El 12 de junio de cada año tenemos la oportunidad de fomentar y coordinar las iniciativas de los gobiernos, las patronales y sindicatos, la sociedad civil, los medios de comunicación y muchos otros actores locales, como escuelas y ayuntamientos, en la lucha contra el trabajo infantil.

En 2015, los dirigentes mundiales adoptaron los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), donde se incluyó un renovado compromiso para acabar con el trabajo infantil. En particular, la Meta 8.7, hace un llamamiento a la comunidad internacional para: “adoptar medidas inmediatas y eficaces para erradicar el trabajo forzoso, poner fin a las formas contemporáneas de esclavitud y la trata de seres humanos, y asegurar la prohibición y eliminación de las peores formas de trabajo infantil, incluidos el reclutamiento y la utilización de niños soldados, y, para 2025, poner fin al trabajo infantil en todas sus formas”

Generación “Segura y saludable”

Este año, el Día mundial contra el trabajo infantil y el Día mundial de la seguridad y la salud en el trabajo se unen en una campaña conjunta para mejorar la seguridad y la salud de los trabajadores jóvenes y poner fin al trabajo infantil.

La campaña tiene como objetivo acelerar la acción para alcanzar el Objetivo de Desarrollo Sostenible (ODS) 8, en particular la Meta 8.8 que busca promover un entorno de trabajo seguro y protegido para todos los trabajadores para 2030, y la Meta 8.7 que busca poner fin a todas las formas de trabajo infantil para 2025. Para alcanzar estas metas, es necesario adoptar un enfoque holístico que apunte a la eliminación del trabajo infantil y que promueva una cultura de prevención en materia de seguridad y salud en el trabajo (SST) para el beneficio de la futura fuerza de trabajo mundial.

En la actualidad, cerca de 168 millones de niños trabajan en el mundo, muchos a tiempo completo. Ellos no van a la escuela y no tienen tiempo para jugar. Muchos no reciben alimentación ni cuidados apropiados. Se les niega la oportunidad de ser niños. Más de la mitad de estos niños están expuestos a las peores formas de trabajo infantil como trabajo en ambientes peligrosos, esclavitud, y otras formas de trabajo forzoso, actividades ilícitas incluyendo el tráfico de drogas y prostitución, así como su participación involuntaria en los conflictos armados.

El Programa Internacional para la Erradicación del Trabajo Infantil (IPEC), guiado por los principios consagrados en el Convenio núm 138 sobre la edad mínima y el Convenio núm 182 sobre las peores formas de trabajo infantil de la OIT, trabaja para alcanzar la abolición efectiva del trabajo infantil.

Estándares laborales

Uno de los principales objetivos que se fijaron para la Organización Internacional del Trabajo (OIT) cuando se fundó en 1919 fue la abolición del trabajo infantil. Desde una perspectiva histórica, el principal instrumento de la OIT para alcanzar el objetivo de la abolición efectiva del trabajo infantil ha sido la adopción y la supervisión de los estándares laborales en los que se aborda el concepto de edad mínima de admisión al empleo o al trabajo. Además, desde 1919, el principio de que las normas relativas a la edad mínima deberían ir asociadas a la escolarización ha formado parte de la tradición normativa de la OIT en esa esfera. En él Convenio núm. 138 se establece que la edad mínima de admisión al empleo no deberá ser inferior a la edad en que cesa la obligación escolar.

La adopción por la OIT diez años después del Convenio núm. 182 consolidó el consenso que existía a escala mundial en torno a la eliminación del trabajo infantil. Este instrumento estableció los objetivos más concretos que tanto se necesitaban, sin abandonar el objetivo general expresado en el Convenio núm. 138 de la abolición efectiva del trabajo infantil. Además, el concepto de las peores formas contribuye a fijar prioridades y puede servir como punto de partida para abordar el problema principal del trabajo infantil. El concepto también ayuda a prestar atención a los efectos del trabajo en los niños y al tipo de trabajo que realizan.

El trabajo infantil, prohibido en el derecho internacional, queda comprendido en tres categorías, a saber:

  • Las formas incuestionablemente peores de trabajo infantil, que internacionalmente se definen como esclavitud, trata de personas, servidumbre por deudas y otras formas de trabajo forzoso, reclutamiento forzoso de niños para utilizarlos en conflictos armados, prostitución y pornografía, y otras actividades ilícitas.
  • Un trabajo realizado por un niño que no alcanza la edad mínima especificada para ese tipo de trabajo (según determine la legislación nacional, de acuerdo con normas internacionalmente aceptadas), y que, por consiguiente, impida probablemente la educación y el pleno desarrollo del niño.
  • Un trabajo que ponga en peligro el bienestar físico, mental o moral del niño, ya sea por su propia naturaleza o por las condiciones en que se realiza, y que se denomina «trabajo peligroso»

Datos y cifras

  • En todo el mundo, 218 millones de niños de entre 5 y 17 años están ocupados en la producción económica. Entre ellos, 152 millones son víctimas del trabajo infantil; casi la mitad, 73 millones, están en situación de trabajo infantil peligroso.
  • En términos absolutos, casi la mitad del trabajo infantil (72 millones) se concentra en África; 62 millones en Asia y el Pacífico; 10,7 millones en las Américas; 1,1 millones en los Estados Árabes; y 5,5 millones en Europa y Asia Central.
  • En términos absolutos, casi la mitad del trabajo infantil (72 millones) se concentra en África; 62 millones en Asia y el Pacífico; 10,7 millones en las Américas; 1,1 millones en los Estados Árabes; y 5,5 millones en Europa y Asia Central.
  • En términos de prevalencia, 1 de cada 5 niños de África (19,6%) están en situación de trabajo infantil, mientras que en otras regiones la prevalencia oscila entre el 3% y 7%: 2,9% en los Estados Árabes (1 de cada 35 niños); 4,1% en Europa y Asia Central (1 de cada 25); 5,3% en las Américas (1 de cada 19); y 7,4% en la región de Asia y el Pacífico (1 de cada 14).
  • Casi la mitad de los 152 millones de niños víctimas del trabajo infantil tienen entre 5 y 11 años; 42 millones (28%) tienen entre 12 y 14 años; y 37 millones (24%), entre 15 y 17 años.
  • La prevalencia del trabajo infantil peligroso es mayor en los niños de entre 15 y 17 años. Con todo, una cuarta parte de los niños ocupados en el trabajo infantil peligroso (19 millones) son menores de 12 años.
  • De los 152 millones de niños en situación de trabajo infantil, 88 millones son varones y 64 millones son niñas.
  • Los niños varones representan el 58% del total de ambos sexos en situación de trabajo infantil, y el 62% del total de ambos sexos que realizan trabajo peligroso. Se observa que los niños corren más riesgos que las niñas de verse involucrados en el trabajo infantil, pero esta apreciación puede deberse a que el trabajo de las niñas no siempre se declara, especialmente en el caso del trabajo infantil doméstico.
  • El trabajo infantil se concentra en primer lugar en la agricultura (71%), que incluye la pesca, la silvicultura, la ganadería y la acuicultura, y comprende tanto la agricultura de subsistencia como la comercial; el 17% de los niños en situación de trabajo infantil trabaja en el sector de servicios; y el 12% en el sector industrial, en particular la minería.

Fuente: Estimación mundial sobre el trabajo infantil: Resultados y tendencias, 2012-2016, Ginebra, septiembre de 2017.

¿Qué se entiende por trabajo infantil?

El trabajo infantil pone en riesgo a los menores y viola tanto el derecho internacional como las legislaciones nacionales. Priva a los niños de su educación o les exige asumir una doble carga: el trabajo y la escuela. El trabajo infantil, que debe ser eliminado, es un subconjunto de actividades laborales llevadas a cabo por menores de edad e incluye:

  • Las «incuestionablemente» peores formas de trabajo infantil, tales como la esclavitud, o prácticas similares, y el uso de niños en la prostitución u otras actividades ilegales.
  • El trabajo hecho por los niños menores de la edad legal para ese tipo de tareas, tal y como se establece en las legislaciones nacionales de acuerdo con los estándares internacionales.

Plan de Acción

Los Objetivos de Desarrollo Sostenible y la eliminación del trabajo infantil

El Objetivo de Desarrollo Sostenible Nº 8, en su Meta 7, urge a todos a adoptar medidas inmediatas y eficaces para erradicar el trabajo forzoso, poner fin a las formas modernas de esclavitud y la trata de seres humanos y asegurar la prohibición y eliminación de las peores formas de trabajo infantil, a más tardar en 2025, como un paso esencial lograr el empleo pleno y productivo, trabajo decente para todos y el crecimiento económico sostenido, inclusivo y sostenible.

La acción de la OIT en pro de la abolición del trabajo infantil se ha intensificado en los últimos cuatro años y desde la publicación del primer Informe global sobre este tema se han logrado avances considerables. En los próximos cuatro años el desafío consistirá en que la OIT trabaje de manera más centrada y estratégica para actuar como catalizador de una alianza mundial revitalizada en apoyo de la acción nacional encaminada a abolir el trabajo infantil. Esta transformación del enfoque con respecto al liderazgo mundial permitirá garantizar que la OIT contribuya de manera más eficaz a relegar el trabajo infantil a la historia.

La OIT promueve la acción específica en los siguientes frentes:

  • La ratificación universal de los convenios sobre el trabajo infantil y todos los convenios fundamentales de la OIT.
  • La garantía de un nuevo enfoque en las políticas nacionales y los programas para promover un enfoque integrado de todos los principios y los derechos fundamentales en el trabajo.
  • Un mayor conocimiento de las causas del trabajo infantil
  • Definición más completa y reconocida a nivel internacional del concepto de la edad mínima de admisión al empleo o al trabajo y la edad para la realización de la escolaridad obligatoria.
  • Fortalecimiento de la seguridad y la salud en el trabajo para todos los trabajadores, pero con garantías específicas para los niños entre la edad mínima de admisión al empleo y la edad de 18 años mediante la preparación y/o actualización de las listas de trabajo infantil peligroso.
  • Promover y fortalecer el funcionamiento de las instituciones y los mecanismos encaminados a vigilar la aplicación y el cumplimiento efectivo de los derechos fundamentales en el trabajo, incluida la protección contra el trabajo infantil, (cortes, tribunales, jueces, inspectores del trabajo y seguimiento del trabajo infantil).
  • Continuar con el desarrollo de las actividades de promoción y de alianzas estratégicas a nivel internacional, nacional y local, así como promover el movimiento mundial contra el trabajo infantil.
  • Replicar y ampliar las buenas prácticas que han tenido resultados sostenibles.

ONU